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AUTÓNOMOS
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Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social nº 4
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INTRODUCCIÓN BENEFICIOS NUESTROS CURSOS A MEDIDA DEMO
 El Autónomo ante la necesidad de garantizar al máximo su seguridad y su salud.

El Autónomo, en el desempeño de su trabajo, está expuesto a los riesgos laborales propios de su actividad.

Necesita, al igual que los demás trabajadores, prevenir en la medida de lo posible los riesgos específicos de su puesto de trabajo.

Esto implica conocerlos y formarse en todas aquellas medidas que permiten eliminarlos y/o evitarlos, así como en los sistemas de protección que evitan las consecuencias o daños.

Por otra parte, los Autónomos pueden contratar trabajadores o ser contratados como tales.

En la primera situación, el Autónomo tiene las mismas obligaciones y responsabilidades que cualquier otro empresario respecto a las personas que ha contratado: debe garantizar que los trabajadores han sido informados y formados en los riesgos laborales específicos del puesto de trabajo.

En la segunda situación, además de poderle ser exigida la formación, el Autónomo ofrecerá un valor añadido al empresario que le contrata cuando acredite que está formado en los riesgos laborales específicos del puesto que ha de desempeñar.

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