El
Autónomo ante la necesidad de garantizar al máximo
su seguridad y su salud. |
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El Autónomo, en el desempeño de su trabajo,
está expuesto a los riesgos laborales propios
de su actividad.
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Necesita,
al igual que los demás trabajadores, prevenir en
la medida de lo posible los riesgos específicos de
su puesto de trabajo.
Esto implica conocerlos y formarse en todas
aquellas medidas que permiten eliminarlos y/o evitarlos,
así como en los sistemas de protección que evitan
las consecuencias o daños.
Por otra parte, los Autónomos pueden
contratar trabajadores o ser contratados como tales.
En la primera situación, el Autónomo
tiene las mismas obligaciones y responsabilidades que cualquier
otro empresario respecto a las personas que ha contratado:
debe garantizar que los trabajadores han sido informados y
formados en los riesgos laborales específicos del puesto
de trabajo.
En la segunda situación, además
de poderle ser exigida la formación, el Autónomo
ofrecerá un valor añadido al empresario que
le contrata cuando acredite que está formado en los
riesgos laborales específicos del puesto que ha
de desempeñar.
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