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La Constitución
Española en el artículo
40.2, encomienda a los poderes públicos,
velar por la seguridad y la salud en el trabajo. Una
consecuencia de la aplicación de la Constitución
es el desarrollo de una política de protección
y seguridad de los trabajadores.
Artículo 149.
La adhesión de España a la Unión
Europea ha llevado a armonizar esta política
de protección con la política comunitaria:
Como consecuencia de esto, se encuentra
la Ley
de Prevención de Riesgos Laborales. Ley 31/1995
de 8 de noviembre y el Reglamento
de Servicios de Prevención de Riesgos Laborales.
R.D. 39/1997, de 17 de enero que adecuan los
criterios comunitarios a la legislación española.
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