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Miguel Angel Vidal

Presidente ejecutivo de BDN ON LINE, S.A.

  SEGURIDAD Y SALUD LABORAL UN BUEN NEGOCIO La Prevención de Riesgos Laborales es el elemento clave para desarrollar dentro de las empresas una adecuada política en la Seguridad y Salud Laboral.
 

Aquellos que introducen en la cultura organizatíva objetivos y desarrollan sus acciones están, sin lugar a dudas, realizando un buen negocio.
Cada día se dictan más sentencias donde, por falta de seguridad, se condena al empresario a penas de prisión y a una fuerte indemnización; veamos una de ellas:El Tribunal Supremo en una sentencia reciente de un accidente ocurrido en el año 1996, condena al propietario de una constructora y al aparejador, como responsables de la muerte de un obrero, a dos años de cárcel por homicidio con imprudencia. El trabajador se precipitó al vacío al no cumplir la obra las medidas de seguridad.A dicha condena pena¡, hay que añadir una indemnización de 40 millones de pesetas para la viuda y 5 millones de pesetas para la madre.

No queda ahí el valor económico que supuso dicha imprudencia, la responsabilidad administrativa añade la sanción de la inspección de trabajo y el recargo de hasta el 50% de la pensión de viudedad que recibirá la viuda. Dicho recargo ha de ser capitalizado y por lo tanto el empresario tendrá que hacerse cargo de inmediato de una cantidad valorada cerca de los 30 millones de pesetas. Cabe señalar que dicho recargo no puede asegurarse. A la hora de valorar todas las responsabilidades: pena¡, civil y administrativa y sumar los costes de¡ proceso de defensa por parte de los abogados, supuso para la empresa una elevadísima cantidad, un daño moral para la familia y un coste para la sociedad. Cuando suceden accidentes laborales de cualquier gravedad, se suelen utilizar argumentos como, ha sido un despiste del trabajador; el trabajador no utilizó adecuadamente las medidas de seguridad; fue un acto de mala suerte, etc.

Lo que parece evidente es que dicho empresario no gestionó adecuadamente su empresa, posiblemente puso mucho más énfasis en otros aspectos de gestión, pero no lo hizo en las políticas de Seguridad y Salud Laboral.

La Ley y el Reglamento

La ley de Prevención de Riesgos Laborales 3111995 de 8 de noviembre y la publicación de¡ reglamento 39/1997, vienen precedidos de sendas directivas europeas en materia de Seguridad y Salud Laboral. La publicación de la ley intenta concentrar por una parte, un sinfín de normas de obligado cumplimiento, alguna de ellas muy antiguas, y determinar entre otros objetivos, el papel de todos los interlocutores en la materia y por otra parte, unificar los criterios de aplicación en toda la Unión Europea.

Uno de los aspectos más relevantes de la ley es clarificar que las responsabilidades administrativas, civiles y penales, corresponden al empresario y éstas últimas serán también imputadas personalmente, si procede, a los directivos y mandos que tomasen de manera improcedente decisiones en materia de seguridad.

La aplicación de la norma desde su publicación dentro de las empresas está siendo muy lenta, a pesar de que las sanciones impuestas en Catalunya por la Inspección de Trabajo, de enero a septiembre, han aumentado en un 14,4% y por un valor de 4.360 millones de pesetas.

La ley y especialmente su desarrollo, está sujeta a críticas por el sector empresarial. Se menciona que su articulado tiende a la confusión, existiendo fácilmente diferentes interpretaciones a la hora de desarrollar su aplicación, y manifestando que si la responsabilidad recae sobre el empresario, ¿por qué tiene tan poco margen de maniobra de gestión?. Existen muchos protagonistas no controlados por él y con un papel muy determinante.

Se suele también añadir que implementar la política de Prevención de Riesgos Laborales es un coste y una especie de impuesto que no pueden repercutir a sus clientes.

En contadas ocasiones, los representantes de¡ personal mezclan sus reivindicaciones de tipo salarial a base de presentar denuncias ante la inspección de trabajo en materia de Seguridad y Salud Laboral, pues siempre hay algo que mejorar, pero dificulta la estructura de¡ diálogo entre ambas partes en dicha materia. El informe elaborado por Federico Durán, ex Presidente de¡ Consejo EconómicoSocial a petición de¡ Presidente de¡ Gobierno, es un signo de esperanza para dar un nuevo impulso que permita corregir normas de obligado cumplimento que dificultan una correcta implementación de la Prevención de Riesgos Laborales dentro de las empresas.
Lo que sí parece cierto, es que la publicación de la ley, no ha dado los frutos que se esperaba y la accidentabilidad está incrementándose en todos los sectores de una manera importante (ver gráfico: accidentabilidad en jornada de trabajo 19972000)


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