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4. Prevención en el uso de carretillas elevadoras

Uno de los vehículos más comunes y utilizados en la industria son las carretillas elevadoras, definidas como aquellas máquinas que se desplazan por el suelo, de tracción motorizada, destinadas a transportar, tirar o levantar cargas. Lamentablemente, muchos accidentes laborales se producen con estos vehículos específicos. Muchas veces la inexperiencia o el exceso de confianza demostrada en la conducción y otras el desconocimiento o mal funcionamiento efectuado con estos vehículos, suelen ser causa de accidentes laborales, fruto del desconocimiento o caso omiso efectuado ante las normas preventivas que se deberían tomar, como pueden ser las siguientes:

a) El conductor
· El conductor ha de tener una edad mínima de 18 años y un conocimiento y experiencia demostrables en la conducción y el manejo de vehículos similares.
· El conductor de la carretilla es responsable de su buen uso en lo referente a seguridad general en el centro de trabajo, el vehículo y su carga, y su propia seguridad.

b) Manipulación de cargas
· Antes de cargar, considerar el peso de la carga, en función del máximo admitido por la carretilla.
· Recoger la carga por el centro de gravedad, de modo que no haya peligro de que se caiga para los lados.
· En todo caso, asegurar bien la carga.
· Evitar que la horquilla sobresalga del palet.
· La carga recogida se deberá elevar unos 15 cm. sobre el suelo.
· Se deberá circular llevando el mástil inclinado el máximo hacia atrás.
· En el momento de descargar, situar la carretilla frente al lugar previsto y en exposición precisa.
· Mientras se cargue o descargue, la carretilla permanecerá frenada.
· Situar las horquillas en posición horizontal y depositar la carga, separándose luego lentamente.
· Emplear uno o varios trabajadores para efectuar las señales adecuadas de maniobras de cargas, cuando éstas se manipulen por zonas o recorridos de gran afluencia de personas y, mas aún, cuando el ángulo de visión del conductor no sea el más óptimo.
· Descargar en los lugares habilitados para ello, evitando dejar mercancías y paquetes que entorpezcan la circulación de otros vehículos o trabajadores.
· Está terminantemente prohibido transportar a personas sobre cargas, ganchos o eslingas.
· Cuando circulemos sin carga, siempre lo haremos con las horquillas bajadas.
· Ante cualquier anomalía mecánica, las carretillas deberán ser revisadas y, si es necesario, reparadas quedando hasta entonces su uso prohibido. Inspeccionar diariamente los principales elementos de seguridad de las carretillas: neumáticos, frenos, sistemas de elevación e inclinación del mástil, señales luminosas y acústicas, etc.

c) Circulación por rampas
· Si la pendiente tiene una inclinación inferior a la máxima de la horquilla se podrá circular de frente en el sentido de descenso, con la precaución de llevar el mástil en su inclinación máxima.
· Si el descenso se ha de realizar por pendientes superiores a la inclinación máxima de la horquilla, se habrá de realizar necesariamente marcha atrás.
· El ascenso siempre se deberá realizar marcha adelante.

d) Pasillos y vías de circulación
· Su anchura no debería ser inferior en sentido único a la anchura del vehículo o a la de la carga incrementada en 1 metro.
· En caso de circulación permanente en dos sentidos, la anchura no debe ser inferior a dos veces la anchura de los vehículos o cargas incrementando en 1,40 metros.
· Estacionar los vehículos en las zonas habilitadas. Antes de bajar de la carretilla, dejarla bien frenada y quitar la llave de contacto para evitar que sea usada por otras personas.

e) Equipos de protección individual
· Es muy aconsejable el uso de ropa de trabajo, guantes y calzado de seguridad.

f) Componentes de seguridad y ergonomía
· Tener en cuenta y usar de forma debida los siguientes elementos de seguridad de los vehículos: pórtico de seguridad, placa portahorquillas, asiento amortiguador y ergonómico, cinturón de seguridad, protector del tubo de escape, silenciador con apagachispas y purificador de gases, paro de seguridad de emergencia, placa de identificación, freno de inmovilización, avisador acústico y señalización luminosa de marcha atrás.

g) Riesgos más frecuentes y medidas preventivas
· Para evitar la caída de una persona transportada, evitar transportar a otra persona tanto en el asiento como en la horquilla.
· Para evitar la caída e objetos almacenados, no empujar las bases de las pilas con las carretillas.
· Para evitar la caída del conductor, utilizar el cinturón de seguridad y nunca inclinarse hacia el exterior.
· Para impedir el vuelco de la carretilla, evitar cambios bruscos de dirección y exceso de carga, además de acordarnos de no circular con la carga muy elevada.
· Tener cuidado con posibles colisiones y atropellos, respetando los límites de velocidad y disponiendo de la máxima visibilidad, a pesar de ir cargados.
· En el caso de tener que soportar ruidos excesivos, se deberán de usar protectores individuales.
· Para evitar incendios y explosiones, está prohibido fumar y llenar el depósito de carburante al aire libre. Se deberán mantener los tubulares y silenciadores en buen estado e incorporar un pequeño extintor en las carretillas que puedan representar un mayor riesgo de incendio.
· Se aconseja no circular sobrepasando los 20 km/h en espacios exteriores y 10 km/h en interiores.
· Evitar paradas y arranques bruscos.
· Mirar siempre en la dirección de avance y mantener la vista con atención en el camino que se recorre.

Bibliografía consultada

- "Preventing injuries and Death of Workers Who Operate or Work Near Forklifts", NIOSH, junio 2001.

- "Accidents at work in the UE", Didier Dupré, EUROSTAT, 1996.

- "El camino hacia el éxito", OSHA Magazine, issue 4 "La prevención de accidentes laborales", noviembre 2001.

- "Prevención de accidentes con vehículos de transporte en el lugar de trabajo", Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el trabajo, Hoja Informativa nº 16, 2001.

- Propuesta de directiva del Consejo Europeo a las disposiciones mínimas de seguridad y de salud para las actividades de transporte y los lugares de trabajo a bordo de los medios de transporte.

- Directiva Europea 89/391.