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4.
Prevención en el uso de carretillas elevadoras
Uno de los vehículos más comunes y utilizados en
la industria son las carretillas elevadoras, definidas como aquellas
máquinas que se desplazan por el suelo, de tracción
motorizada, destinadas a transportar, tirar o levantar cargas. Lamentablemente,
muchos accidentes laborales se producen con estos vehículos
específicos. Muchas veces la inexperiencia o el exceso de
confianza demostrada en la conducción y otras el desconocimiento
o mal funcionamiento efectuado con estos vehículos, suelen
ser causa de accidentes laborales, fruto del desconocimiento o caso
omiso efectuado ante las normas preventivas que se deberían
tomar, como pueden ser las siguientes:
a) El conductor
· El conductor ha de tener una edad mínima de 18 años
y un conocimiento y experiencia demostrables en la conducción
y el manejo de vehículos similares.
· El conductor de la carretilla es responsable de su buen
uso en lo referente a seguridad general en el centro de trabajo,
el vehículo y su carga, y su propia seguridad.
b) Manipulación de cargas
· Antes de cargar, considerar el peso de la carga, en función
del máximo admitido por la carretilla.
· Recoger la carga por el centro de gravedad, de modo que
no haya peligro de que se caiga para los lados.
· En todo caso, asegurar bien la carga.
· Evitar que la horquilla sobresalga del palet.
· La carga recogida se deberá elevar unos 15 cm. sobre
el suelo.
· Se deberá circular llevando el mástil inclinado
el máximo hacia atrás.
· En el momento de descargar, situar la carretilla frente
al lugar previsto y en exposición precisa.
· Mientras se cargue o descargue, la carretilla permanecerá
frenada.
· Situar las horquillas en posición horizontal y depositar
la carga, separándose luego lentamente.
· Emplear uno o varios trabajadores para efectuar las señales
adecuadas de maniobras de cargas, cuando éstas se manipulen
por zonas o recorridos de gran afluencia de personas y, mas aún,
cuando el ángulo de visión del conductor no sea el
más óptimo.
· Descargar en los lugares habilitados para ello, evitando
dejar mercancías y paquetes que entorpezcan la circulación
de otros vehículos o trabajadores.
· Está terminantemente prohibido transportar a personas
sobre cargas, ganchos o eslingas.
· Cuando circulemos sin carga, siempre lo haremos con las
horquillas bajadas.
· Ante cualquier anomalía mecánica, las carretillas
deberán ser revisadas y, si es necesario, reparadas quedando
hasta entonces su uso prohibido. Inspeccionar diariamente los principales
elementos de seguridad de las carretillas: neumáticos, frenos,
sistemas de elevación e inclinación del mástil,
señales luminosas y acústicas, etc.
c) Circulación por rampas
· Si la pendiente tiene una inclinación inferior a
la máxima de la horquilla se podrá circular de frente
en el sentido de descenso, con la precaución de llevar el
mástil en su inclinación máxima.
· Si el descenso se ha de realizar por pendientes superiores
a la inclinación máxima de la horquilla, se habrá
de realizar necesariamente marcha atrás.
· El ascenso siempre se deberá realizar marcha adelante.
d) Pasillos y vías de circulación
· Su anchura no debería ser inferior en sentido único
a la anchura del vehículo o a la de la carga incrementada
en 1 metro.
· En caso de circulación permanente en dos sentidos,
la anchura no debe ser inferior a dos veces la anchura de los vehículos
o cargas incrementando en 1,40 metros.
· Estacionar los vehículos en las zonas habilitadas.
Antes de bajar de la carretilla, dejarla bien frenada y quitar la
llave de contacto para evitar que sea usada por otras personas.
e) Equipos de protección individual
· Es muy aconsejable el uso de ropa de trabajo, guantes y
calzado de seguridad.
f) Componentes de seguridad y ergonomía
· Tener en cuenta y usar de forma debida los siguientes elementos
de seguridad de los vehículos: pórtico de seguridad,
placa portahorquillas, asiento amortiguador y ergonómico,
cinturón de seguridad, protector del tubo de escape, silenciador
con apagachispas y purificador de gases, paro de seguridad de emergencia,
placa de identificación, freno de inmovilización,
avisador acústico y señalización luminosa de
marcha atrás.
g) Riesgos más frecuentes y medidas preventivas
· Para evitar la caída de una persona transportada,
evitar transportar a otra persona tanto en el asiento como en la
horquilla.
· Para evitar la caída e objetos almacenados, no empujar
las bases de las pilas con las carretillas.
· Para evitar la caída del conductor, utilizar el
cinturón de seguridad y nunca inclinarse hacia el exterior.
· Para impedir el vuelco de la carretilla, evitar cambios
bruscos de dirección y exceso de carga, además de
acordarnos de no circular con la carga muy elevada.
· Tener cuidado con posibles colisiones y atropellos, respetando
los límites de velocidad y disponiendo de la máxima
visibilidad, a pesar de ir cargados.
· En el caso de tener que soportar ruidos excesivos, se deberán
de usar protectores individuales.
· Para evitar incendios y explosiones, está prohibido
fumar y llenar el depósito de carburante al aire libre. Se
deberán mantener los tubulares y silenciadores en buen estado
e incorporar un pequeño extintor en las carretillas que puedan
representar un mayor riesgo de incendio.
· Se aconseja no circular sobrepasando los 20 km/h en espacios
exteriores y 10 km/h en interiores.
· Evitar paradas y arranques bruscos.
· Mirar siempre en la dirección de avance y mantener
la vista con atención en el camino que se recorre.
Bibliografía
consultada
- "Preventing injuries and Death of Workers Who Operate or
Work Near Forklifts", NIOSH, junio 2001.
- "Accidents at work in the UE", Didier Dupré,
EUROSTAT, 1996.
- "El camino hacia el éxito", OSHA Magazine, issue
4 "La prevención de accidentes laborales", noviembre
2001.
- "Prevención de accidentes con vehículos de
transporte en el lugar de trabajo", Agencia Europea para la
Seguridad y la Salud en el trabajo, Hoja Informativa nº 16,
2001.
- Propuesta de directiva del Consejo Europeo a las disposiciones
mínimas de seguridad y de salud para las actividades de transporte
y los lugares de trabajo a bordo de los medios de transporte.
- Directiva Europea 89/391.
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